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RG 5003 Facturas "A" para Monotributistas

Actualizado: 28 jul 2021




La Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes,  modificó el artículo 39 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado referido a operaciones con consumidores finales.


AFIP reglamentó a través de la Resolución General 5003, que a partir del 1 de JULIO DE 2021 todos aquellos sujetos Responsables Inscriptos en el IVA deberán discriminar el tributo a sus clientes Monotributista, a través de la emisión de comprobantes tipo “A”.


Esto permitirá que en el caso de que el monotributista renuncie o sea excluido, pueda computarse en la DJ de IVA el crédito fiscal de los 12 meses anteriores, en la medida que se hubieren encontrado vinculadas con la misma actividad.


¡Ya ésta disponible la actualización en Sistemas Bejerman!


NOTA: A través de la RG 5022 01/07/2021 se flexibilizó el plazo para quienes NO puedan cumplir la normativa, pero para quienes hayan adecuado los sistemas, la normativa está vigente.



Los cambios previstos en la normativa establecen que cuando los responsables inscriptos realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios a monotributistas, deberán:

  1. Documentarlas con facturas A o M, según corresponda.

  2. Los comprobantes tendrán que discriminar el Impuesto al Valor Agregado correspondiente

  3. Adicionar la siguiente leyenda, establecida por la reglamentación: “El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618”.

Del mismo modo, cuando se facture a través de controladores fiscales, también se deberán emitir comprobantes clase A o M. En caso de utilizar equipos que solo permitan la identificación del receptor como responsable inscripto en IVA, se deberá incorporar la leyenda “Receptor del comprobante – Responsable Monotributo”.


¿Cómo se implementa?

  • Sistemas Web: se actualizan automáticamente

  • Sistemas Instalables: tenes que tener instalado el SP 20210616 que podes encontrarlo en el módulo de Actualizaciones Automáticas

A partir del 1 de Julio, podrás observar un cartel como este indicando que comenzó la vigencia de la emisión de Facturas "A" a monotributistas y preguntando si deseas aplicar los cambios.

En caso de responder afirmativamente, se ejecutará un proceso de actualización que realizara:

  • Actualización en Letra en Tipo de Comprobantes: se actualizará la Letra "A" para los comprobantes clase Factura, Nota de Crédito y Nota de Débito para la situación de IVA monotributo.

  • Actualización de los Diseños de Impresión de Factura:

    • Modificación del diseño de impresión para generar la Apertura de IVA

    • Incorporación de la leyenda legal que se debe incorporar

  • Actualización del diseño para exportación a IVA Digital

  • Actualización del proceso de envío de datos a Controladores Fiscales (EPSON Y HASAR)

  • Actualización de advertencia, para empresa monotributista, al registrar Facturas de Compras A y M


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